Fiscal Cartasegna consagra la impunidad de la tortura

El Fiscal Dr. Fernando Cartasegna, titular de la UFI N º 4 de La Plata, solicitó a la justicia ser apartado de la causa iniciada en octubre de 2010 (IPP 34728-10), sin haber investigado los hechos de torturas denunciados oportunamente por la Comisión por la Memoria y la Defensoría Penal Juvenil N° 16. La brutal golpiza, la práctica de submarino seco y submarino húmedo ejecutados sobre HECTOR ALEJANDRO ALONSO (que tenía en ese momento 17 años), va camino a quedar impune sustentada en la deficiente e inadecuada investigación fiscal.
 
Con motivo de estos hechos, acreditados por peritos judiciales en la causa al momento de hacerse la denuncia, se relevó a los agentes policiales de la Seccional 6° de Tolosa. Se les instruyó sumario administrativo que tampoco avanzó ya que por medio de mecanismos institucionales que encubren los hechos, se deja atado el resultado del sumario interno al resultado de la causa penal. Al no haber imputación del delito por la nula investigación judicial, las medidas administrativas de pases a disponibilidad quedan sin efecto y los agentes vuelven a trabajar sin sanción alguna. De este modo se consagra un circuito de impunidad entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, que impide la realización de la justicia.
 
La magnitud del caso motivó la intervención de la Organización Mundial Contra la Tortura (Caso ARG 131010.CC - exp. num. 21.200-28132/10, Ministerio de Justicia, Prov. Buenos Aires, "Solicitud de Intervención de la O.M .C.T.") que solicitó al Estado Nacional, Provincial y Municipal, medidas de protección y de reparación a la víctima, además de una pronta y exhaustiva investigación, apartando del cargo a los funcionarios responsables. No se cumplió con esta solicitud ni hubo asistencia adecuada para Alonso como víctima de torturas de parte de los Poderes Ejecutivo o Judicial. La única que se le brindó provino de la CPM y del Fondo de Asistencia a víctimas de torturas de ONU a través de la ONG de derechos humanos CODESEDH.
A un año y tres meses del aquel hecho el fiscal, pide ser apartado de la investigación argumentando sentirse ofendido por que un denunciante informa a la Procuración el estado de la causa y la ausencia de todo impulso procesal. El pedido de apartamiento ocurre tras no haber realizado ningún acto de prueba de entidad, manteniendo la carátula de "Severidades, vejaciones y /o apremios ilegales", sin citar a nadie a declaración indagatoria. Durante el trámite de esta causa Alonso fue reiteradamente hostigado y perseguido por la policía bonaerense, se fraguaron contra el causas judiciales y se le hicieron allanamientos sin orden judicial o incluso autorizado por la misma fiscalía.El grave retardo judicial y el entorpecimiento de la investigación se reitera en diferentes actuaciones donde se encubre y desnaturalizan estos hechos que son calificados como delitos menores de apremio y vejaciones, para así eludir la calificación de torturas, que implicaría penas más graves para sus autores.

La Fiscalía no sólo no investigó, sino que omitió cumplir con la Resolución 1390 de la Procuración General , las Reglas Básicas sobre investigación de casos de tortura (Protocolo de Estambul) y la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (arts. 1, 2,5, 6,12), que señalan la obligatoriedad de perseguir y sancionar estos delitos, castigar a sus responsables y asistir a las víctimas.La deficiente actuación judicial demuestra las falencias estructurales de la Provincia de Buenos Aires para investigar y perseguir los casos de torturas.
El Director del Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria , Dr. Roberto F. Cipriano Garcia, manifestó: "Solicitamos al Ministerio Público provincial, el avance urgente de esta causa penal y el cumplimiento de la resolución 1390 para que se profundice la actuación fiscal en todas las causas que investigan delitos cometidos por funcionarios públicos. También reiteramos lo pedido hace tiempo para que se elaboren protocolos de investigación para casos de torturas y que se analice la responsabilidad de estos funcionarios que incumplen con sus deberes funcionales".

El Secretario Ejecutivo de la Comisión Provincial por la Memoria , Alejandro Mosquera, señaló: "En estos casos el Poder Ejecutivo provincial debe cumplir con lo requerido por los Organismos de Derechos Humanos de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano, que reiteradamente han señalado la necesidad de investigar estos delitos y asistir y reparar a sus víctimas. Ademas de las investigaciones judiciales, las investigaciones administrativas deben sancionar de manera contundente a quienes vejaron, torturaron y luego trataron de presionar o chantajear a un pibe. Si no se toman las medidas que corresponden, se invita a repetirlos sobre otros menores y se consagra un circuito de impunidad."

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